Admirable resulta la lealtad que A. Grau muestra a la alcaldesa de Valencia en el plan de Cabanyal. Se dice que a su entorno más allegado el Sr. Grau dice que la prolongación de Blasco Ibáñez nuca se hará. Sin embargo, cuando se cuestiona la legalidad del plan, de inmediato él afirma lo contrario. Le da igual tener que decir blanco que negro, él en cada momento dice lo que a la Sra. Barbera le interesa. Pondré un ejemplo. Tras la Orden Ministerial que declaraba que el Plan del Cabanyal determinaba un acto de expolio del patrimonio, el Ayuntamiento y Consellería recurrieron, ante la Audiencia Nacional, dicha Orden. A la vez el Gobierno de Zapatero recurría ante el Constitucional el Decreto de la Generalitat que avalaba la legalidad del plan del Cabanyal y trataba de dejar sin efectos la Orden Ministerial. En ese contexto, el vicepresidente tercero del gobierno, Manuel Chaves, invitó a buscar una solución negociada al problema a lo que el Sr. Grau contesto:
« La legalidad no se negocia, se dirime en los tribunales. No podemos negociar si el Prepri es legal o ilegal. Es sí o no…no hay vuelta de hoja». (Las Provincias 24.04.2010) El titular de la información decía: “Alfonso Grau afirma que decidir si el plan es legal o ilegal no se puede negociar y dice que se dirimirá en los tribunales”.
Sin embargo, cuando los vientos anunciaban que iban a sufrir un varapalo jurídico en el recurso de inconstitucionalidad, la Generalitat pactó con el Ministerio que derogaba su Decreto y el Ministerio retiraba el recurso de inconstitucionalidad y así se evitaba que un gobierno del PP dejara en el ridículo jurídico a otro gobierno del PP. Posteriormente, cuando los mismos vientos anunciaban otro varapalo jurídico en el recurso contra la Orden Ministerial, el mismo Sr. Grau presentó una moción al pleno del Ayuntamiento para autorizar el desistimiento del recurso contra la Orden Ministerial y así que no hubiera sentencia sobre el caso. Sin embargo, a pesar que el Sr. Grau dijera “La legalidad no se negocia”, seguramente, siguiendo la voz de su ama, se calló.
El caso es que yo me crie en un ambiente rural, en el que el peor insulto que se le podía decir a un hombre es que no tenía palabra. Por lo que si todavía vivieran mi padre y abuelo, al enterarse que el Sr. Grau no había permitido que los tribunales resolvieran el conflicto jurídico referido a la Orden Ministerial y el Decretazo sobre el Cabanyal, con toda seguridad le dirían al Sr. Grau “Hem cage els homes de poca paraula”.
José Luis Ramos en CABANYAL: ALFONSO GRAU EL ESCUDERO FIEL DE BARBERÁ
El pasado 25.03.2010 el periódico de “LAS PROVINCIAS” informaba sobre el conflicto de Cabanyal bajo el título “ El Gobierno destituyó al técnico que avaló en un informe el plan del Cabanyal”. En el subtítulo se decía: “El popular Marí Olano afirma que el documento elaborado por el subsecretario de Patrimonio de Cultura niega que exista expolio. La información entre otras cosas decía: “El PP acusa al Ministerio de Cultura de ocultar el informe, que incluirán en el contencioso (…) José Marí Olano desveló en el hemiciclo que existe un informe fechado a 14 de julio de 2009 y realizado por el entonces subdirector general de Patrimonio Histórico, Luis Lafuente Batanero, «en el que dice que no existe expolio en la actuación del Cabanyal». El parlamentario del PP aseguró que este informe no se incorporó al expediente del Ministerio de Cultura”.
Además, la información decía: “Un mes y medio después de elaborar este informe, la ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, firmó el cese de Luis Lafuente como subdirector general de Protección del Patrimonio Artístico”.
Esa misma información fue publicada por otros periódicos. Días después un amigo (Pepero) me decía, lo que ya había informado la prensa, que el PP llevaría el tema de la no incorporación del citado informe, a los tribunales. Le dije al amigo que por esa vía el PP no tenía nada que hacer. Tanto insistió que en ese hecho se cometía el “delito de custodia de documento”, según informe jurídico que tenía el Ayuntamiento hecho por el Catedrático de derecho Santiago Muñoz Machado, que apostamos una paella. El caso es que se han cerrado todas las vías judiciales abiertas contra la exministra y el ministerio por dictar la Orden Ministerial (CUL/3631/2009) declarando que el Plan del Cabanyal-Canyamelar, determinaba el expolio y se ha confirmado la legalidad de toda actuación del Ministerio, por lo que he reclamado que me pagaran la apuesta, ya que había ganado.
La verdad es que con esa apuesta yo jugaba con ventaja. Diré las razones. Yo sabía qué no se trataba de un informe de un técnico, como decía el titular de la información de LAS PROVINCIAS, sino de un cargo político nombrado por el PP, con cargo de subdirector general de Patrimonio Histórico. Además se trata del mismo cargo público (Luis Lafuente Batanero), que dictó de fecha 29 de enero de 2001, por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la resolución declarando el archivo de la denuncia de expolio contra el PEPRI del Cabanyal Canyamelar y negando la competencia del Ministerio en materia de expolio. Como se sabe ello fue recurrido, por “Salvem el Cabanyal” dando lugar a la STSJ de Madrid de 27.09.04 y TS de 25.05.09, en las que se declara la competencia del Ministerio en materia de expolio y que de acuerdo con los datos aportados en la denuncia el Ministerio debía tramitar y resolver la denuncia de expolio presentada.
Es decir, el PP quería que el informe emitido por el mismo político que se negó a tramitar la denuncia de expolio formará parte del expediente ministerial que debía resolver, sí de acuerdo los informes técnicos aportados por “Salvem el Cabanyal” el PEPRI suponía expolio del patrimonio cultural. Ello legalmente no era posible por tres razones:
1. Porque la Ley señala a las instituciones habilitadas para emitir esa clase de informes técnicos, entre ellas no están los cargos políticos.
2. Porque por aplicación del art. 28 de la Ley 30/92 tiene el deber de abstención al tratarse de un asunto que tiene un interés personal, consistente en justificar la legalidad de la resolución que los tribunales declaran contrario a derecho.
3. Porque una de las máximas del derecho es que “nadie puede ser juez y parte”. En la medida que los informes debían servir para valorar la legalidad de la Resolución de archivo de la denuncia de expolio contra el PEPRI y negando la competencia del Ministerio en materia de expolio, dictada por el Sr. Lafuente Batanero, un informe de este señor no puede estar en ese expediente, a no ser que aceptemos que el poder puede actuar como Juan Palomo.
Cabe recordar, que Sr. Lafuente Batanero archivó la denuncia de expolio, argumentando que había pedido información a la Generalidad y Ayuntamiento de Valencia y estos habían informado que se trataba de un plan protector, no expoliador, así que no procedía tramitar la denuncia. Posteriormente, la STJ de Madrid de 27.09.04 que obligó a tramitar la denuncia recordó algo tan elemental como que a la hora de valorar la existencia de una infracción no se puede decidir tomando en consideración la opinión del infractor. Y este este caso, el infractor era él en la medida que representaba al Ministerio que tenía el deber de actual al tratarse de acto de su competencia como han confirmado las STS de 25.05.2009 y 23.07.2014.
José Luis Ramos en CABANYAL: INFORME DE LAFUENTE BATANERO JUSTIFICANDO AL EXPOLIO
Conceptualment igual d’espoliadors.
Total 29 edificis menys a enderrocar amb l’esbós presentat per l’Ajuntament[shashin type=”photo” id=”2453,2458,2459,2454,2484″ size=”large” columns=”max” order=”user” position=”center”]
El plan del Cabanyal prevé 29 edificios derribados menos en el área modificada
Conceptualmente igual de expoliadores.
Total 29 edificios menos a derribar con el boceto presentado por el Ayuntamiento
[shashin type=”photo” id=”2453,2458,2459,2454,2484″ size=”large” columns=”max” order=”user” position=”center”]
El plan del Cabanyal prevé 29 edificios derribados menos en el área modificada
[shashin type=”photo” id=”2455″ size=”large” columns=”max” order=”user” position=”center”][shashin type=”photo” id=”2455″ size=”large” columns=”max” order=”user” position=”center”]
Esta és l’única informació que hem pogut obtindre del nou projecte – esbós o com vullga que es cride (la premsa cada dia li crida d’una manera diferent)
Tota la informació hauria d’aparéixer en la Pàgina de Pla Cabanyal- Canyamelar, però a hores d’ara continua tenint informació del PEPRI ja eliminat
I en la zona BIC esta és la diferència entre la proposta inicial del PEPRI, que l’Orde Ministerial considera ESPOLI, i la modificació que proposa ara l’Ajuntament, que com es veu constituïx el mateix ESPOLI [shashin type=”photo” id=”2453″ size=”large” columns=”max” order=”user” position=”center”]ARTICLE 21. 3 DE LA LLEI DE PATRIMONI HISTÒRIC ESPANYOL: La conservació dels Conjunts Històrics declarats Béns d’Interés Cultural comporta el manteniment de l’estructura urbana i arquitectònica, així com de les característiques generals del seu ambient. Es consideraran excepcionals les substitucions d’immobles, encara que siguen parcials, i només podran realitzar-se en la mesura que contribuïsquen a la conservació general del caràcter del Conjunt. En tot cas, es mantindran les alineacions urbanes existents. LA DIFERÈNCIA DEL PEPRI INICIAL I LA NOVA PROPOSTA MUNICIPAL ÉS QUE ES DERROQUEN 6 EDIFICIS PROTEGITS MENYS
Memòria històrica del 2009 a l’actualitat. Unes notes que ens ajuden a comprendre la situació actual
Figuración de los diferentes proyectos (cortesía de Vicente Gallart)
[shashin type=”photo” id=”2454,2458,2459″ size=”large” columns=”max” order=”user” position=”center”]Conceptualmente igual de expoliadores, un 14% menos de edificios a derribar en el boceto presentado por el Ayuntamiento
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-La vergonzosa Junta Municipal 02-07-2014. Preguntas y vergonzosas respuestas
Informació que ens arriba el dia 04-07-2014
La noticia en el diari Levante
07-07-2014 Sentència del Tribunal Suprem
Esta es la única información que hemos podido obtener del nuevo proyecto – boceto o como quiera que se llame (la prensa cada día lo llama de una manera diferente)
Toda la información debería aparecer en la Página de Plan Cabanyal-Canyamelar, pero a día de hoy sigue teniendo información del PEPRI ya eliminado
Y en la zona BIC esta es la diferencia entre la propuesta inicial del PEPRI, que la Orden Ministerial considera EXPOLIO, y la modificación que propone ahora el Ayuntamiento, que como se ve constituye el mismo EXPOLIO [shashin type=”photo” id=”2453″ size=”large” columns=”max” order=”user” position=”center”]ARTICULO 21. 3 DE LA LEY DE PATRIMONIO HISTÓRICO ESPAÑOL: La conservación de los Conjuntos Históricos declarados Bienes de Interés Cultural comporta el mantenimiento de la estructura urbana y arquitectónica, así como de las características generales de su ambiente. Se considerarán excepcionales las sustituciones de inmuebles, aunque sean parciales, y sólo podrán realizarse en la medida en que contribuyan a la conservación general del carácter del Conjunto. En todo caso, se mantendrán las alineaciones urbanas existentes. LA DIFERENCIA DEL PEPRI INICIAL Y LA NUEVA PROPUESTA MUNICIPAL ES QUE SE DERRIBAN 6 EDIFICIOS PROTEGIDOS MENOS”
Figuración de los diferentes proyectos (cortesía de Vicente Gallart) [shashin type=”photo” id=”2454,2458,2459″ size=”large” columns=”max” order=”user” position=”center”]Conceptualmente igual de expoliadores, un 14% menos de edificios a derribar en el boceto presentado por el Ayuntamiento
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-La vergonzosa Junta Municipal 02-07-2014. Preguntas y vergonzosas respuestas
Información que nos llega el día 04-07-2014
La noticia en el diario Levante
07-07-2014 Sentencia del Tribunal Supremo
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